
Usuarios ingresando por un puerto de entrada con CBP
Este 16 de julio amanecimos con una noticia terrible: la administración Trump publicó cambios radicales al sistema de asilo, que castigan injustamente a quienes solicitan protección en la frontera sur de los Estados Unidos.
A partir de ayer, los extranjeros que ingresen o intenten ingresar a los Estados Unidos a través de la frontera sur con México, quedarán impedidos de recibir asilo en EE. UU. si no solicitaron esa protección en México o algún otro país por los que hubiesen transitado en ruta a la frontera norteamericana.
Esta regla aplica tanto a quienes se presenten en puertos de entrada a solicitar la protección, o a los que decidan ingresar por puntos no autorizados.
¿Por qué solicitan asilo en la frontera los migrantes? Porque eso es lo que les indica la ley. Están siguiendo a cabalidad el mandato legal. Pero hoy, la administración federal, presentando un argumento legal que los acerca más a una monarquía absolutista que a una democracia, cambia unilateralmente la regla, e inventa un obstáculo artificial para incumplir con sus obligaciones de Derecho internacional en materia de asilo y protección.
Hay algunas excepciones a esta disposición draconiana, que aplican a una minoría, siempre y cuando puedan probar que:
- Solicitaron asilo en un país de tránsito a los EE. UU., y el asilo les fue negado,
- Fueron víctimas de trata o tráfico de personas o,
- Transitaron por países que no son signatarios de ciertos tratados internacionales –pero México lo es de todos, y por tanto nadie calificará para esta excepción.
De las tres, la excepción más viable será en casos en los que los extranjeros pidieron asilo en México u otro país de tránsito entre el propio y los EE. UU., y el asilo o refugio les fue negado. La complicación práctica está en que el propio sistema de asilo mexicano está sobresaturado, y la tramitación de principio a fin de un asilo en ese país puede demorar varios meses o años.
Pero no todo está perdido: la American Civil Liberties Union(ACLU) ya presentó una demanda contra la orden del gobierno federal, y el juez que conoce del caso podrá, Dios quiera, ordenar la suspensión de la implementación del mandato.
Seguiremos pendientes al siguiente capítulo de este grave tema.